Artículo 88 de Ley Nacional de Ejecución Penal
Ley Nacional de Ejecución Penal · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 88. Bases de la capacitación Las bases de la capacitación son:
I. El adiestramiento y los conocimientos del propio oficio o actividad;
II. La vocación, y III. El desarrollo de aptitudes, habilidades y competencias laborales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.