Artículo 90 de Ley Nacional de Ejecución Penal
Ley Nacional de Ejecución Penal · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 90. Planificación para la capacitación del trabajo Para realizar una adecuada capacitación para el trabajo, se planificarán, regularán, organizarán y establecerán métodos, horarios y medidas preventivas de ingreso y seguridad.
Capítulo VI Trabajo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.