Artículo 108 de Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes · Última reforma de referencia: 20-12-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 108. Plazos En el proceso especial para adolescentes los plazos son perentorios y se pueden habilitar días y horas no laborables para conocer de la causa.
CAPÍTULO II DE LA PRESCRIPCIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.