Artículo 31 de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal · Última reforma de referencia: 24-02-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 31. La Subprocuraduría de Procesos, tendrá bajo su dirección y supervisión a las Fiscalías, y las Direcciones que a continuación se mencionan:
I. Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Norte;
II. Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Oriente;
III. Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Sur;
IV. Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal;
V. Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles y de Extinción de Dominio;
VI. Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares;
VII. Fiscalía de Mandamientos Judiciales;
VIII. Dirección de Consignaciones; y, IX. Dirección de Procesos en Salas Penales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.