Artículo 63 de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal · Última reforma de referencia: 24-02-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 63. El Reglamento establecerá los procedimientos conforme a los cuales se llevará a cabo la aplicación de los exámenes aludidos en el artículo inmediato anterior.
Los exámenes se evaluarán en conjunto, salvo el examen toxicológico y el poligráfico que se presentarán y calificarán por separado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.