Artículo 9 de Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal · Última reforma de referencia: 24-02-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 9. (Niños, niñas, adolescentes, declarados incapaces y otros). La protección de los derechos e intereses de niños, niñas, adolescentes, declarados incapaces, ausentes, personas adultas mayores y la de otros de carácter individual o social, a que se refiere la fracción IV del artículo 2o. de esta ley, consistirá en la intervención en procedimientos jurisdiccionales conforme a las disposiciones legales aplicables, o cuando se encuentren en situación de riesgo y/o vulnerabilidad de derechos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.