Artículo 11 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 11. El Consejo sesionará de manera ordinaria dos veces por año en al menos cuatro sesiones, y de manera extraordinaria cada vez que sea convocado, en los términos de la normatividad vigente.
El Consejo trabajará en sesiones plenarias y en comisiones temáticas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.