Artículo 8 de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 8.- Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
I.- Ser mexicano;
II.- Tener más de treinta y menos de setenta años de edad;
III.- Poseer título a nivel de licenciatura y tener experiencia académica; y IV.- Ser persona honorable y de reconocido prestigio y competencia profesional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.