Artículo 44 de Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada · Última reforma de referencia: 10-01-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 44.- También serán facultades del Consejo Directivo las siguientes:
I. Aprobar el Informe Anual de Actividades que le presente el Director General;
II. Aprobar los demás programas específicos y reglamentos internos de la Sociedad que le presente el Director General, a efecto de someterlos a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y III. Nombrar y remover a propuesta del Director General, a los servidores públicos de la institución que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a las de aquél y que reúnan los requisitos que se establecen en el artículo 24 de la Ley de la materia;
Fracción reformada DOF 24-06-2002 IV. Aprobar el presupuesto y las modificaciones que corresponda efectuar durante el ejercicio, en los términos de las disposiciones aplicables;
Fracción adicionada DOF 24-06-2002. Reformada DOF 10-01-2014 V. Aprobar, a propuesta del comité de recursos humanos y desarrollo institucional, de conformidad con lo previsto en el artículo 42, fracción XVIII de la Ley de Instituciones de Crédito, la estructura orgánica, tabuladores de sueldos y prestaciones, política salarial y para el otorgamiento de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño, tomando en cuenta las condiciones del mercado laboral imperante en el sistema financiero mexicano; políticas de ascensos, promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación; y las demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en la Sociedad;
Fracción adicionada DOF 24-06-2002. Reformada DOF 10-01-2014 VI. Aprobar la política para la determinación de los intereses que se paguen a los fondos de ahorro y de trabajo, para ser sometida a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Fracción adicionada DOF 10-01-2014 VII. Establecer los términos y condiciones del otorgamiento de préstamos con cargo a los fondos de ahorro y de trabajo, y Fracción adicionada DOF 10-01-2014 VIII. Aprobar las políticas para los descuentos previstos en el artículo 33 de la presente Ley.
Fracción adicionada DOF 10-01-2014
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.