Artículo 11 de Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 11. La Junta de Gobierno estará conformada por:
I. El o la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como miembro propietario o su suplente, quien fungirá como presidente;
II. El o la titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como miembro propietario o su suplente;
III. El o la titular del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, como miembro propietario o su suplente;
IV. El o la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, como miembro propietario o su suplente, y V. El o la presidenta del Instituto Nacional Electoral, como miembro propietario o su suplente.
Los suplentes de la Junta de Gobierno serán designados por los miembros propietarios y deberán tener una jerarquía inmediata inferior a dichos propietarios en la dependencia u organismo público de que se trate.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.