Artículo 56 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 09-12-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 56.
1. El Estatuto para la organización y funcionamiento de las Secretarías y de los servicios de carrera, por lo menos deberá contener:
a) La estructura de cada una de las Secretarías y sus relaciones de mando y supervisión; y b) Las tareas de las direcciones, oficinas, centros y unidades de la Cámara que integran los servicios de carrera.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.