Artículo 138 de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 138. El Activo del Ejército y Fuerza Aérea está constituido por el personal militar que se encuentre:
Párrafo reformado DOF 09-09-2022 I. Encuadrado, agregado o comisionado en Unidades, Dependencias e Instalaciones Militares;
II. A disposición de la Secretaría de la Defensa Nacional;
III. Con licencia;
IV. Hospitalizado;
V. Sujeto a Proceso;
Fracción reformada DOF 09-09-2022 VI. Compurgando una Sentencia, y Fracción reformada DOF 09-09-2022 VII. [Asignado, prestando sus servicios en la Guardia Nacional.] Fracción adicionada DOF 09-09-2022 Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 Generalidades
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.