Artículo 53 de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 53. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos desarrollan sus acciones de Defensa Nacional en forma conjunta y se mantienen unidas en una sola Dependencia.
Está compuesta por: Unidades de Combate, Unidades de los Servicios, Cuerpos Especiales, Cuerpos de Defensas Rurales y Establecimientos de Educación Militar.
Fe de erratas al artículo DOF 13-02-1987 CAPITULO II COMPOSICION DEL EJERCITO MEXICANO Fe de erratas a la denominación del Capítulo DOF 13-02-1987
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.