Ley federal

Artículo 59 de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 59. La Fuerza Aérea Mexicana se compone de Unidades organizadas, equipadas y adiestradas para las operaciones militares aéreas y está constituida por:

Fe de erratas al párrafo DOF 13-02-1987 I. Comandancia de la Fuerza Aérea;

II. Estado Mayor de la Fuerza Aérea;

Fracción reformada DOF 03-05-2023 III. Unidades de Vuelo;

III BIS. Pilotos Aviadores;

Fracción adicionada DOF 03-05-2023 IV. Tropas Terrestres de la Fuerza Aérea; y V. Servicios.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 59 de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

La Fuerza Aérea Mexicana se compone de Unidades organizadas, equipadas y adiestradas para las operaciones militares aéreas y está constituida por: Fe de erratas al párrafo DOF 13-02-1987 I. Comandancia de la Fuerza…

¿Está vigente el artículo 59?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 03-05-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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