Ley federal

Artículo 1 de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1.

Los órganos del Poder Judicial de la Federación son:

I. La Suprema Corte de Justicia de la Nación;

II. El Tribunal Electoral;

III. Los Plenos Regionales;

IV. Los Tribunales Colegiados de Circuito;

V. Los Tribunales Colegiados de Apelación;

VI. Los Juzgados de Distrito;

VII. El Tribunal de Disciplina Judicial, y VIII. El Órgano de Administración Judicial.

TÍTULO SEGUNDO De la Suprema Corte de Justicia de la Nación CAPÍTULO I De su Integración y Funcionamiento

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1 de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación?

Los órganos del Poder Judicial de la Federación son: I. La Suprema Corte de Justicia de la Nación; II. El Tribunal Electoral; III. Los Plenos Regionales; IV. Los Tribunales Colegiados de Circuito; V. Los Tribunales…

¿Está vigente el artículo 1?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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