Artículo 126 de Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 126.
La Unidad de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial encargado de administrar los recursos humanos, materiales y tecnológicos del Tribunal Electoral, conforme a los Reglamentos, presupuestos y Acuerdos Generales que expida el Órgano de Administración Judicial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.