Ley federal

Artículo 10 de Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana

Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana · Última reforma de referencia: 11-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 10.- En el mes de enero de cada año, el Consejo del Seminario aprobará un programa mínimo de actividades anuales que comprenda misiones foráneas, conferencias, cursos breves, conciertos, exposiciones, publicaciones e investigaciones, señalándose la cooperación que corresponda a cada miembro titular.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 10 de Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana?

En el mes de enero de cada año, el Consejo del Seminario aprobará un programa mínimo de actividades anuales que comprenda misiones foráneas, conferencias, cursos breves, conciertos, exposiciones, publicaciones e…

¿Está vigente el artículo 10?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 11-05-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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