Ley federal

Artículo 42 de Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa · Última reforma de referencia: 26-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 42. El Tribunal tendrá los servidores públicos siguientes:

I. Magistrados de Sala Superior;

II. Magistrados de Sala Regional;

III. Magistrados de Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas;

IV. Magistrados Supernumerarios de Sala Regional;

V. Secretario General de Acuerdos;

VI. Secretarios Adjuntos de Acuerdos de las Secciones;

VII. Secretarios de Acuerdos de Sala Superior;

VIII. Secretarios de Acuerdos de Sala Regional;

IX. Actuarios;

X. Oficiales Jurisdiccionales;

XI. Titular del Órgano Interno de Control;

XII. Secretarios Técnicos, Operativos o Auxiliares;

XIII. Director del Centro de Estudios sobre Justicia Administrativa, y XIV. Los demás que con el carácter de mandos medios y superiores señale el Reglamento Interior del Tribunal y se encuentren previstos en el presupuesto autorizado.

Los servidores públicos a que se refieren las fracciones anteriores serán considerados personal de confianza.

El Tribunal contará además con el personal profesional, administrativo y técnico necesario para el desempeño de sus funciones, de conformidad con lo que establezca su presupuesto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 42 de Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa?

El Tribunal tendrá los servidores públicos siguientes: I. Magistrados de Sala Superior; II. Magistrados de Sala Regional; III. Magistrados de Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas; IV.…

¿Está vigente el artículo 42?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 26-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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