Artículo 3 de Ley para Conservar la Neutralidad del País
Ley para Conservar la Neutralidad del País · Última reforma de referencia: 21-06-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO TERCERO.- No será admitido sobre territorio mexicano, ni podrá permanecer en el mismo o sobre las aguas territoriales, ningún aeroplano o nave aérea militares de país beligerante.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.