Ley federal

Artículo 19 de Ley para el uso y protección de la denominación y del emblema de la Cruz Roja

Ley para el uso y protección de la denominación y del emblema de la Cruz Roja · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 19.- Compete a la Secretaría de Gobernación vigilar el estricto cumplimiento de esta Ley y, en su caso, sancionar administrativamente el uso del emblema o del término "Cruz Roja" por personas o entidades que, según lo dispuesto por esta Ley, no tienen derecho ni están autorizadas para su uso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 19 de Ley para el uso y protección de la denominación y del emblema de la Cruz Roja?

Compete a la Secretaría de Gobernación vigilar el estricto cumplimiento de esta Ley y, en su caso, sancionar administrativamente el uso del emblema o del término "Cruz Roja" por personas o entidades que, según lo…

¿Está vigente el artículo 19?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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