Artículo 4 de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México
Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México · Última reforma de referencia: 12-06-2009 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 4.- La actuación del personal de la Armada de México durante su permanencia en unidades o establecimientos navales, se asentará en los documentos siguientes:
I.- Hoja de actuación, es el documento en el cual se conceptúa la actuación de los Almirantes, Capitanes y Oficiales, durante determinado periodo de su vida dentro de la Armada, y II.- Memorial de servicios, es el documento en el cual se conceptúa la actuación del personal de clases y marinería, durante determinado periodo de su vida dentro de la Armada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.