Artículo 85 de Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo · Última reforma de referencia: 24-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 85.- El Comité de Protección al Ahorro Cooperativo podrá determinar la implementación por parte de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV de alguno de los mecanismos siguientes:
I. Escisión.
II. Fusión.
III. Otras que contribuya a disminuir el riesgo de insolvencia o quebranto.
IV. Disolución y liquidación, así como concurso mercantil en términos de la Ley General de Sociedades Cooperativas y de las bases constitutivas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.