Ley federal

Artículo 102 de Ley para Regular las Agrupaciones Financieras

Ley para Regular las Agrupaciones Financieras · Última reforma de referencia: 24-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 102.- Los Grupos Financieros estarán sujetos a un régimen de supervisión sobre una base consolidada. Para estos efectos la Sociedad Controladora y las entidades integrantes del Grupo Financiero se considerarán como una misma unidad económica para efectos de revelación de información, contabilidad y celebración de los actos a que hacen referencia los artículos 39, fracción III, así como las inversiones señaladas en los artículos 63, 84 y 89 de la presente Ley, sin perjuicio de las obligaciones que otras leyes impongan a las entidades financieras.

La Sociedad Controladora y Subcontroladoras estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Supervisora, la cual será la responsable de supervisar el funcionamiento general del Grupo Financiero. Para tal efecto, la Secretaría tendrá la facultad de determinar para cada Grupo Financiero quién será la Comisión Supervisora, para lo cual tomará en cuenta, entre otros elementos de juicio, el capital contable de las entidades de que se trate.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, las entidades financieras que integren el Grupo Financiero seguirán sujetas a la supervisión individual por parte de la Comisión que corresponda, conforme a la normativa aplicable a cada entidad financiera.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 102 de Ley para Regular las Agrupaciones Financieras?

Los Grupos Financieros estarán sujetos a un régimen de supervisión sobre una base consolidada. Para estos efectos la Sociedad Controladora y las entidades integrantes del Grupo Financiero se considerarán como una misma…

¿Está vigente el artículo 102?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 24-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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