Artículo 140 de Ley para Regular las Agrupaciones Financieras
Ley para Regular las Agrupaciones Financieras · Última reforma de referencia: 24-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 140.- Tratándose de Sociedades Controladoras intervenidas, la Comisión Supervisora continuará con el ejercicio de sus facultades de supervisión que le confiere esta Ley y las demás disposiciones aplicables.
TÍTULO OCTAVO De los procedimientos administrativos CAPÍTULO I Disposiciones preliminares
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.