Artículo 10 de Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera · Última reforma de referencia: 24-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 10.- En lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán, conforme a su naturaleza y de forma supletoria, las respectivas leyes especiales aplicables a las Entidades Financieras de que se trate, las leyes mercantiles, los usos y prácticas bancarias, bursátiles y mercantiles, la legislación civil federal, la legislación penal federal, así como el Código Fiscal de la Federación respecto de la actualización de multas.
TÍTULO II De las ITF y sus Operaciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.