Ley federal

Artículo 4o de Ley que crea la Universidad Autónoma Chapingo

Ley que crea la Universidad Autónoma Chapingo · Última reforma de referencia: 30-12-1977 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 4o.- La Universidad Autónoma Chapingo, para el cumplimiento de su objetivo, tendrá las atribuciones siguientes:

I.- Organizarse como lo considere necesario, dentro de los lineamientos generales que inspiran la presente Ley;

II.- Planear y programar sus actividades conforme a los principios de libertad de cátedra y de investigación;

III.- Crear, modificar, o suprimir unidades regionales universitarias, divisiones, departamentos, programas y centros regionales;

IV.- Expedir certificados de estudio, otorgar diplomas, títulos profesionales, grados académicos y menciones honoríficas;

V.- Revalidar y establecer equivalencias de estudios de los niveles educativos que imparta;

VI.- Establecer las políticas de ingreso y permanencia de alumnos y del personal académico, atendiendo para ello lo señalado en el Art. 3o. de la Constitución Política y en el Art. 5o. de la Ley Federal de Educación, y demás leyes aplicables;

VII.- Prestar asistencia técnica y servicio social a comunidades rurales según sus planes académicos y cuando lo juzgue conveniente;

VIII.- Colaborar en los planes nacionales de desarrollo y con instituciones o personas ligadas al medio rural según sus planes académicos y cuando lo juzgue conveniente;

IX.- Sostener y desarrollar los servicios escolares y sociales que se presten a la comunidad universitaria;

X.- Crear las unidades administrativas que sean necesarias para su funcionamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 4o de Ley que crea la Universidad Autónoma Chapingo?

La Universidad Autónoma Chapingo, para el cumplimiento de su objetivo, tendrá las atribuciones siguientes: I.- Organizarse como lo considere necesario, dentro de los lineamientos generales que inspiran la presente Ley;…

¿Está vigente el artículo 4o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-1977. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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