Artículo 23 de Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 31-07-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 23.- Los sindicatos podrán constituir y adherirse a la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios, única central reconocida para los efectos de esta Ley.
CAPITULO SEXTO De la supervisión de las instituciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.