Artículo 41 de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear
Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear · Última reforma de referencia: 09-04-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 41.- El Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares es un organismo público descentralizado del Gobierno Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.