Artículo 62 de Ley sobre el Contrato de Seguro
Ley sobre el Contrato de Seguro · Última reforma de referencia: 04-04-2013 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 62.- En el caso del artículo anterior, el contrato subsistirá también si el asegurado paga a la empresa aseguradora las primas mayores que eventualmente le deba conforme a la tarifa respectiva.
Fe de erratas al artículo DOF 13-09-1935
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.