Ley federal

Artículo 359 de Ordenanza General de la Armada

Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 359.- Siendo el encargado de la limpieza, pintura y entretenimiento del exterior del casco, vigilará que la gente ocupada en estos trabajos esté convenientemente asegurada y firmes las guindolas para evitar cualquiera desgracia. Diariamente, siempre que sea posible, recorrerá el costado, corrigiendo los defectos que notare para mantenerlo en las mejores condiciones, y, al efecto, solicitará del Contramaestre de cargo los materiales y el personal necesarios para los trabajos que deba ejecutar.

Del Contramaestre de guardia

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 359 de Ordenanza General de la Armada?

Siendo el encargado de la limpieza, pintura y entretenimiento del exterior del casco, vigilará que la gente ocupada en estos trabajos esté convenientemente asegurada y firmes las guindolas para evitar cualquiera…

¿Está vigente el artículo 359?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 19-10-2000. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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