Artículo 69 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 69.- Respecto de castigos correccionales, no se anotarán en las hojas de servicios los arrestos menores de ocho días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.