Artículo 879 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 879.- Además del buen estado de conservación de la máquina, hará que en puerto se mueva a mano diariamente poco más de una revolución, de tal manera, que nunca queden los cigueñales, al terminar esta faena, en la misma posición que estaban al principio, debiendo comunicar a quien corresponda las faltas que encontrare.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.