Ley federal

Artículo 95 de Ordenanza General de la Armada

Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 95.- Siendo la constancia en el servicio de la Armada Nacional, una de las cualidades más dignas de distinción y recompensa, para premiarla debidamente, se restablece la Condecoración de Constancia, creada, al efecto, por decreto de 16 de septiembre de 1891, y que fue suprimida por el de 6 de mayo de 1901.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 95 de Ordenanza General de la Armada?

Siendo la constancia en el servicio de la Armada Nacional, una de las cualidades más dignas de distinción y recompensa, para premiarla debidamente, se restablece la Condecoración de Constancia, creada, al efecto, por…

¿Está vigente el artículo 95?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 19-10-2000. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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