Artículo 966 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 966.- Los Generales, Jefes y Oficiales tendrán el deber de prestar los auxilios posibles a la policía y autoridades civiles o militares que se vean amenazadas por un motín, o por una agresión o violencia cualquiera.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.