Código Municipal estatal

Artículo 1601 de Reforma de los artículos 637, 639 y 643 del Código Municipal de Aguascalientes.

Reforma de los artículos 637, 639 y 643 del Código Municipal de Aguascalientes. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1.- Además de las establecidas peligrosos biológico infecciosos;

en el presente ordenamiento, serán sancionadas en f) … materia ambiental, las personas físicas o morales que lleven a cabo las siguientes actividades:

g) Se deroga.

I. MULTA DE TRES A DIEZ DIAS DE SALARIO h) Depositar cualquier tipo de residuo diferente a MINIMO GENERAL VIGENTE EN LA ENTIDAD:

los sólidos urbanos en los contenedores municipales;

a) Por no recoger las heces fecales de sus mas- i) ...

cotas cuando sean arrojadas en vía pública, áreas j) Por no respetar los horarios y rutas que le verdes, áreas de uso común, áreas de interés común señale la autoridad municipal. y medianerías en el interior del Municipio.

k) Por sacrificar o comercializar carne sin haber II. MULTA DE DIEZ A TREINTA DIAS DE SALA- cubierto los derechos correspondientes o sin permi- RIO MINIMO GENERAL VIGENTE EN LA ENTIDAD:

so, fuera del Rastro Municipal, independientemente a) Por incumplir con las medidas de seguridad del pago de impuestos que establezca la Ley de establecidas en la autorización para la quema al Ingresos del Municipio de Aguascalientes; aire libre.

Abril 11 de 2016 PERIÓDICO OFICIAL (Primera Sección) Pág. 25 III. MULTA DE TREINTA A CINCUENTA DÍAS de desecho inadmisible en los contenedores para DE SALARIO MINIMO GENERAL VIGENTE EN LA desechos domésticos;

ENTIDAD:

c) Por realizar actividades comerciales, industria- a) Por depositar en el relleno sanitario residuos les o de servicios sin contar con el permiso ambiental sólidos urbanos o de manejo especial sin contar con de funcionamiento;

la autorización del Municipio;

d) Por almacenar escombro, material de azolve, b) Por no presentar los manifiestos de entrega, tierra, materiales pétreos, lodos provenientes de sis- transporte y recepción con el sello y firma del encar- temas de tratamientos de aguas residuales y otros gado del relleno sanitario en los términos previstos similares, provenientes de terceros, en lugares no en el presente Código; autorizados por la SEMADESU;

c) Por incumplir con las condiciones establecidas e) Por tirar escombro, material de azolve, tierra, en el permiso ambiental de funcionamiento; materiales pétreos, lodos provenientes de sistemas de tratamientos de aguas residuales y otros simila- d) Por producir emisiones de energía térmica, res, dentro de los cauces y su zona federal que han lumínica, radiaciones ionizantes electromagnéticas;

sido dados en custodia al Municipio, en terrenos así como ruido, vibraciones y olores perjudiciales al diversos a los forestales, áreas de conservación y ambiente o a la salud en contravención de las Nor- zonas de preservación ecológica establecidas en mas Oficiales vigentes y las disposiciones legales el Programa de Desarrollo Urbano, sitios RAMSAR, correspondientes.

áreas prioritarias para la conservación, áreas de im- IV. MULTA DE CINCUENTA A CIEN DIAS DE portancia para la conservación de las aves (AICA), SALARIO MINIMO GENERAL VIGENTE EN LA así como aquellas que dañen la imagen urbana o el ENTIDAD: paisaje natural, sin contar con la autorización de la SEMADESU.

a) Por descargar, depositar, enterrar o infiltrar residuos sólidos urbanos dentro del territorio mu- VI. SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES nicipal, sin contar con la autorización municipal a) Por no contar con el permiso ambiental de correspondiente;

funcionamiento.

b) Por emitir las fuentes fijas de competencia municipal, contaminantes a la atmósfera, superando TRANSITORIO los límites máximos permisibles establecidos en las Único.- Las presentes reformas al Código Mu- normas oficiales mexicanas correspondientes; nicipal de Aguascalientes, entrarán en vigor al día c) Por realizar quemas al aire libre de cualquier siguiente de su publicación en el Periódico Oficial material o residuo, sólido o líquido, sin contar con la del Estado de Aguascalientes.

autorización municipal correspondiente; Lo anterior para el conocimiento de la ciudada- d) No contar las fuentes fijas de competencia nía. Dado en el salón de Cabildo por el Honorable municipal, con ductos o chimeneas que canalicen Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Aguas- sus emisiones a la atmósfera; calientes en la Sesión Ordinaria celebrada el día cuatro de abril del año dos mil dieciséis.

e) Por no informar a la SEMADESU, o hacerlo fuera el término previsto en este Código, respecto Ing. Juan Antonio Martín del Campo Martín del de la falla del equipo de control de las emisiones Campo, Presidente Municipal; Regidores, Sergio contaminantes a la atmósfera; Lara Sánchez,, José Reyna Muñoz. José Efraín Mu- ñoz Hernández, Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, f) Por tirar escombro, material de azolve, tierra, Ernesto Saúl Jiménez Colombo, Verónica Ramírez materiales pétreos, lodos provenientes de sistemas Luna, Jesús Alberto Rodríguez Flores, Federico de tratamientos de aguas residuales que no sean Domínguez Ibarra, Norma Fabiola Aragón Leal, Ri- residuos peligros y otros similares, en lugares no cardo Heredia Duarte, Edith Yuriana Reyes Pedroza, autorizados por la SEMADESU;

David Mendoza Vargas, Eric Berthaúd Reyes, Xóchitl g) Por realizar espectáculos públicos, eventos Acenet Casillas Camacho, Síndico de Hacienda Ma.

artísticos, tradicionales, deportivos, festividades Del Refugio López Rodríguez, Síndico Procurador cívicas, ferias, verbenas, eventos especiales y acti- Rafael Ahmmed Franco Aguilar; Secretario del H.

vidades culturales y/o religiosas sin autorización por Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Lic.

parte de la SEMADESU. Manuel Cortina Reynoso.- Rúbricas.

V. MULTA DE CIEN A DIEZ MIL DÍAS DE SALA- Por lo que tiene el honor de comunicarlo, para RIO MINIMO GENERAL VIGENTE EN LA ENTIDAD: su conocimiento y efectos legales conducentes. En tal ver, promulga y ordena se de publicidad para su a) Por ubicarse en las instalaciones del relleno debido cumplimiento al día 04 de Abril de 2016, de sanitario y pretender introducir residuos peligrosos;

conformidad con los artículos 77 y 107 fracción IX b) Usar como combustible cualquier tipo de ma- del Código Municipal de Aguascalientes, Lic. Manuel terial de desecho que genere deterioro ambiental y/o Cortina Reynoso. El Secretario del H. Ayuntamiento que a partir de su utilización genere algún otro tipo y Director General de Gobierno.- Rúbrica.

Pág. 26 (Primera Sección) PERIÓDICO OFICIAL Abril 11 de 2016 H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO C O N S I D E R A N D O S :

DE AGUASCALIENTES PRIMERO.- Que de conformidad con el artículo JUAN ANTONIO MARTÍN DEL CAMPO MAR- 115 fracción II de la Constitución Política de los TÍN DEL CAMPO, PRESIDENTE MUNICIPAL DE Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos el numeral 68 de la Constitución Política del Estado 115, fracción II de la Constitución Política de los Esta- de Aguascalientes, y con los preceptos 4, 16 y 36 dos Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política fracción I de la Ley Municipal para el Estado de del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y Aguascalientes, los municipios están dotados de XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para autonomía y facultados para emitir disposiciones el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 y administrativas de carácter general dentro de su demás relativos y aplicables del Código Municipal respectivo ámbito de competencia.

de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el Honorable SEGUNDO.- Que concatenado con lo anterior, Ayuntamiento Constitucional 2014-2016, tuvo a bien el artículo 66 de la Constitución Política del Estado aprobar las tarifas máximas a cobrar en los esta- de Aguascalientes, determina el carácter jurídico, cionamientos públicos ubicados en el Municipio político y social del Municipio, dotado de perso- de Aguascalientes, para quedar como sigue: nalidad jurídica, con potestad de normar directa y libremente las materias de su competencia, así como HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL para organizar a la comunidad en la gestión de sus DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, intereses. De igual manera, el precepto 68 de dicho P R E S E N T E : Ordenamiento Legal, señala que tendrán facultades Con fundamento en los artículos 115 de la Cons- para aprobar las disposiciones administrativas de titución Política de los Estados Unidos Mexicanos; observancia general dentro de sus respectivas ju- 66, 68 y 70 de la Constitución Política del Estado risdicciones que organicen la administración pública de Aguascalientes; 2°, 3°, 4°, 16, 36 fracciones I y municipal, regulen las materias, procedimientos, XXXIX, 91 fracción I y 113 de la Ley Municipal para funciones y servicios de su competencia, y aseguren el Estado de Aguascalientes; 19 y 20 de la Ley de la participación ciudadana y vecinal.

Ingresos del Municipio de Aguascalientes, Ags., para TERCERO.- Que por su parte, el artículo 6º del el Ejercicio Fiscal del Año 2016; 11, 18, 71 fracción Reglamento de Estacionamientos del Municipio de II, 82 y demás relativos y aplicables del Código Mu- Aguascalientes realiza la clasificación de este tipo nicipal de Aguascalientes; 6 y 15 del Reglamento de de negocios atendiendo “al órgano que los presta” Estacionamientos del Municipio de Aguascalientes, la (fracción I), “a sus instalaciones (fracción II), “al tipo Comisión Permanente de Control Reglamentario, Es- de servicio” que otorgan (fracción III), “a su tempora- pectáculos, Mercados, Rastros y Estacionamientos, lidad” (fracción IV), “a la cuota” que cobran (fracción tienen a bien presentar a la recta de consideración V), “a su ubicación” (fracción VI), y, finalmente, “a su de este Honorable Ayuntamiento el DICTAMEN QUE duración” (fracción VII).

CONTIENE LA PROPUESTA DE TARIFAS MÁXI- MAS A COBRAR EN LOS ESTACIONAMIENTOS CUARTO.- Que el artículo 15 del ordenamiento PÚBLICOS UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO jurídico en cita, establece lo siguiente:

DE AGUASCALIENTES, correspondiente al ejercicio “A más tardar el día 10 de abril de cada año, fiscal 2016, con base en los siguientes:

serán determinadas y aprobadas por el H. Ayunta- A N T E C E D E N T E S miento de Aguascalientes, con base a la propuesta En fecha 10 de marzo de 2016, sesionó la Comi- emitida por la Comisión Consultiva de Tarifas de sión Consultiva de Tarifas de Estacionamientos del Estacionamientos, las siguientes tarifas:

Municipio de Aguascalientes, y en el numeral IV del … I. Las tarifas máximas por hora de los esta- orden del día se presentó la propuesta de las tarifas cionamientos públicos de primera, segunda y tercera máximas a cobrar en los estacionamientos públicos categorías.

para el año 2016, ubicados dentro del territorio del Municipio de Aguascalientes, lo anterior a fin de II. Las tarifas máximas de los estacionamientos dar cumplimiento al artículo 15 del Reglamento de públicos de primera, segunda y tercera categorías Estacionamientos del Municipio de Aguascalientes. que se cobren en los eventos especiales y durante el periodo de la Feria Nacional de San Marcos.

Una vez analizadas y discutidas las propuestas que sobre esta materia en particular que ha realizado III. Las tarifas máximas de los estacionamientos la Comisión Consultiva de Tarifas de Estaciona- públicos de primera, segunda y tercera categorías, mientos del Municipio de Aguascalientes, así como que presten el servicio de pensión. ...

valoradas las condiciones particulares de dicho ser- vicio público que priva en el Municipio, con el fin de La Comisión Consultiva de Tarifas de Estaciona- actualizar las tarifas cuyo objetivo es la de mejorar el mientos tendrá la obligación de proponer las tarifas servicio de los estacionamientos públicos que operan de las diferentes categorías de los estacionamientos dentro del territorio de esta municipalidad, por lo que públicos. La primera, segunda o tercera categoría se precisan los siguientes: del estacionamiento público de que se trate será Abril 11 de 2016 PERIÓDICO OFICIAL (Primera Sección) Pág. 27 determinada por la Dirección de Mercados, Esta- v Tercera categoría: $14.00 (Catorce pesos cionamientos y Áreas Comerciales, atendiendo a 00/100 M.N.) por hora y $75.00 (Setenta y la clasificación del artículo 6° del presente ordena- cinco pesos 00/100 M.N.) por día.

miento. Todo estacionamiento público deberá estar Otorgando cinco minutos de tolerancia.

categorizado por dicha Dirección.

3) Tarifas máximas de los estacionamientos públi- Las propuestas de tarifas que haga la Comi- cos de primera, segunda y tercera categorías sión Consultiva de Tarifas de Estacionamientos al que prestan el servicio de Pensión. (Artículo 15, H. Ayuntamiento, deberán estar siempre fundadas fracción III, del Reglamento de Estacionamientos y motivadas en la realidad comercial del servicio, del Municipio de Aguascalientes):

en las leyes de la oferta y la demanda y buscando v Primera categoría: $540.00 (Quinientos cua- siempre promover la inversión y mejora cualitativa renta pesos 00/100 M.N.) por mes;

y cuantitativa de los estacionamientos públicos que operan en el Municipio. v Segunda categoría: $490.00 (Cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.) por mes; y Dichas propuestas podrán ser modificadas total o parcialmente por el H. Ayuntamiento. v Tercera categoría: $430.00 (Cuatrocientos treinta pesos 00/100 M.N.) por mes.

Las tarifas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de 4) Tarifas máximas por hora de los estaciona- Aguascalientes, vigentes en tanto no se aprueben mientos públicos de los Centros Comerciales.

nuevas tarifas por parte del propio H. Ayuntamiento.” (Artículo 15 fracción VI, del Reglamento de Es- tacionamientos del Municipio de Aguascalientes):

QUINTO.- Que la Comisión Consultiva de Tarifas de Estacionamientos del Municipio de Aguascalien- v Las primeras dos horas tendrán un costo máxi- tes, de conformidad con dicha disposición, se reunió mo de $6.00 pesos (Seis Pesos 00/100M.M.);

para analizar y discutir el cobro máximo relativo a v A partir de la tercera hora o fracción cada una los giros públicos de dicha naturaleza que operan tendrá un costo de $6.00 pesos (Seis Pesos dentro de esta jurisdicción municipal, y con base 00/100M.M.);

en los anteriores precedentes, así como para dar cumplimiento a la normatividad que regula la materia v Las reformas se aplicarán conforme a lo en tal sentido, somete a la consideración de ese H. establecido a la Ley de Estacionamientos de Cabildo el siguiente: vehículos para los municipios del Estado de Aguascalientes.

A C U E R D O :

5) Estacionamientos Públicos especiales, por día:

PROPUESTA DE TARIFAS DE ESTACION AMIENTOS PÚBLICOS: a).- Para eventos de duración de 0 a 3 horas $ 45.00 (Cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.);

1) Tarifas máximas por hora de los estacionamien- b).- Para eventos con duración de más de 3 ho- tos públicos de la primera, segunda y tercera ras $55.00 (Cincuenta y cinco pesos 00/100 categorías. (Artículo 15, fracción I, del Regla- M.N.)

mento de Estacionamientos del Municipio de Aguascalientes): Otorgando cinco minutos de tolerancia.

v Primera categoría: $14.00 (Catorce pesos 6) En el caso de extravío del boleto o la con- 00/100 M.N.) por hora; traseña entregada al usuario por parte del estacionamiento público en cualquiera de v Segunda categoría: $13.00 (Trece pesos sus modalidades y categorías, se propone 00/100 M.N.) por hora; y el cobro de una tarifa máxima hasta $85.00 v Tercera categoría: $11.00 (Once pesos 00/100 (Ochenta y cinco pesos 00/100 M.N) a quien M.N.) por hora. acredite por los medios legales la propiedad del vehículo más el cobro del tiempo trans- Otorgando cinco minutos de tolerancia.

currido dentro del estacionamiento.

2) Tarifas máximas de los estacionamientos públi- Método a seguir para determinar el tiempo cos de primera, segunda y tercera categorías transcurrido cuando exista extravío de bo- que cobren en los eventos especiales y durante leto:

el periodo de la Feria Nacional de San Marcos l Revisar el sistema de circuito cerrado para en su edición 2016. (Artículo 15, fracción II, del determinar la hora de ingreso y con ello obte- Reglamento de Estacionamientos del Municipio ner el cálculo hasta la hora en que el usuario de Aguascalientes):

manifieste la pérdida de su boleto.

v Primera categoría: $20.00 (Veinte pesos l Los estacionamientos que no cuenten con 00/100 M.N.) por hora y $105.00 (Ciento cinco sistema de circuito cerrado, tomará como pesos 00/100 M.N.) por día;

referencia los folios anterior y posterior del v Segunda categoría: $18.00 (Dieciocho pesos cual resultará el faltante y en base a éstos 00/100 M.N.) por hora y $85.00 (Ochenta y determinará la hora en que ingresó el vehículo cinco pesos 00/100 M.N.) por día; y y determinará el tiempo transcurrido hasta Pág. 28 (Primera Sección) PERIÓDICO OFICIAL Abril 11 de 2016 el momento en que el usuario manifieste la cardo Heredia Duarte, Edith Yuriana Reyes Pedroza, pérdida de su boleto. David Mendoza Vargas, Eric Berthaúd Reyes, Xóchitl Acenet Casillas Camacho; Síndico de Hacienda, Ma.

Tratándose de los estacionamientos públicos en del Refugio López Rodríguez; Síndico Procurador, todas sus modalidades y categorías, se propone el Rafael Ahmmed Franco Aguilar; Secretario del H.

cobro de una tarifa máxima hasta de $85.00 (Ochenta Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Lic.

y cinco pesos 00/100 M.N.), a quien acredite por los Manuel Cortina Reynoso.- Rúbricas.

medios idóneos la propiedad del vehículo, en el caso de extravío del boleto o la contraseña entregada al Por lo que tiene el honor de comunicarlo, para usuario por parte del estacionamiento público, más su conocimiento y efectos legales conducentes. En el cobro del tiempo transcurrido dentro del estacio- tal ver, promulga y ordena se dé publicidad para su namiento. debido cumplimiento al día 04 de Abril de 2016, de conformidad con los artículos 77 y 107 fracción IX Cabe resaltar que las tarifas propuestas por la del Código Municipal de Aguascalientes, Lic. Manuel Comisión Consultiva en el presente documento, úni- Cortina Reynoso. El Secretario del H. Ayuntamiento camente son las tarifas máximas que podrán cobrar y Director General de Gobierno.- Rúbrica.

los prestadores del servicio público de estaciona- mientos. Dichos prestadores, en su caso, podrán cobrar una tarifa menor a la establecida. No obstante, H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO no podrán cobrar una tarifa mayor a la establecida DE AGUASCALIENTES por el Honorable Ayuntamiento de Aguascalientes.

JUAN ANTONIO MARTÍN DEL CAMPO MAR- Por los fundamentos y precedentes anteriores, se TÍN DEL CAMPO, PRESIDENTE MUNICIPAL DE someten a la recta consideración de este H. Cabildo AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos para su estudio, análisis y en su caso aprobación, 115, fracción II de la Constitución Política de los Esta- los siguientes:

dos Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política P U N T O S R E S O L U T I V O S: del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para PRIMERO.- Con fundamento en los artículos el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos demás relativos y aplicables del Código Municipal Mexicanos; 66, 68 y 70 de la Constitución Política de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio del Estado de Aguascalientes; 2°, 3°, 4°, 16 y 36 de Aguascalientes hace saber que el Honorable fracciones I y XXXIX; 91 fracción I y 113 de la Ley Ayuntamiento Constitucional 2014-2016, tuvo a Municipal para el Estado de Aguascalientes; 19 y bien aprobar la modificación a la propuesta del 20, rubro 4, de la Ley de Ingresos del Municipio de ejercicio del Presupuesto del Ramo XXXIII, para Aguascalientes, Ags., para el Ejercicio Fiscal del año quedar como sigue:

2016; 11, 18, 71 fracción I, 82 y demás relativos y aplicables del Código Municipal de Aguascalientes, HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO se aprueba la presente Propuesta de Tarifas Máximas DE AGUASCALIENTES, a cobrar en los Estacionamientos Públicos ubicados P R E S E N T E dentro del Municipio de Aguascalientes, con base en Por este medio y con fundamento en el artículo las cantidades y especificaciones que se determinan 3° fracción XVIII, 7° fracción I y IX del Decreto del en el cuerpo del presente Dictamen.

Presupuesto de Egresos de la Federación para el SEGUNDO.- Remítase para su publicación en ejercicio 2016, 37 y 49 segundo párrafo de la Ley el Periódico Oficial del Estado, atento a lo dispuesto de Coordinación Fiscal Federal, Artículos 36 Frac- en el artículo 94 de la Ley Municipal para el Estado ción VI y 38 fracción IX de la Ley Municipal para el de Aguascalientes. Estado de Aguascalientes, someto a su considera- TERCERO.- Las presentes tarifas máximas a ción la modificación a la propuesta del ejercicio del cobrar en los estacionamientos públicos ubicados Presupuesto del Ramo XXXIII para el ejercicio fiscal dentro del territorio del Municipio de Aguascalientes 2016 correspondiente a los recursos del Fondo de entrarán en vigor a partir del día siguiente de la Aportaciones para el Fortalecimiento de los Munici- publicación. pios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) Fondo IV, presentada el 01 Lo anterior para el conocimiento de la ciudada- de marzo del presente.

nía. Dado en el salón de Cabildo por el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Aguas- El Artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal calientes en la Sesión Ordinaria celebrada el día establece que Las aportaciones federales que con cuatro de abril del año dos mil dieciséis. cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortaleci- miento de los Municipios y de las Demarcaciones Ing. Juan Antonio Martín del Campo Martín del Territoriales del Distrito Federal, reciban los munici- Campo, Presidente Municipal; Regidores: Sergio pios a través de las entidades y las Demarcaciones Lara Sánchez, José Reyna Muñoz, José Efraín Mu- Territoriales por conducto del Distrito Federal, se ñoz Hernández, Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, Ernesto Saúl Jiménez Colombo, Verónica Ramírez dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones Luna, Jesús Alberto Rodríguez Flores, Federico financieras, al pago de derechos y aprovechamientos Domínguez Ibarra, Norma Fabiola Aragón Leal, Ri- por concepto de agua y a la atención de las nece- Abril 11 de 2016 PERIÓDICO OFICIAL (Primera Sección) Pág. 29 sidades directamente vinculadas con la seguridad tales del FISMDF y entrega de materiales para la pública de sus habitantes. construcción con recursos Municipales.

El artículo 49 de la ley de Coordinación Fiscal Por lo anterior me permito informar y solicitar al Federal establece que las aportaciones Federales Honorable Cabildo:

serán administradas y ejercidas por los gobiernos Primero.- Autorice la modificación a la propuesta de las Entidades Federativas y, en su caso, de los definitiva de distribución del Fondo de Aportaciones Municipios y las Demarcaciones Territoriales del para el Fortalecimiento de los Municipios y Demarca- Distrito Federal que las reciban, conforme a sus ciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN- propias Leyes.

DF) Fondo IV, para el ejercicio 2016 autorizado dentro Debido al recorte presupuestal aplicado a los del Presupuesto de Egresos del Municipio, publicado municipios derivado de la disminución del precio del en el Periódico Oficial del Estado de fecha 28 de petróleo así como al aumento del precio del dólar, se Enero de 2016, por la cantidad de $ 437’957,632.00 optó por el siguiente ajuste presupuestal, asignando (Cuatrocientos treinta y siete millones novecientos mayores recursos al Programa Juntos Nutrimos cincuenta y siete mil seiscientos treinta y dos pesos Aguascalientes, afectando presupuestalmente en 00/100 M.N.)

su totalidad al Programa Por Nuestro Hogar, ya que Segundo.- Por lo anterior y en un marco de total actualmente se están realizando acciones de apoyo transparencia y con estricto apego a las Leyes y como Cuartos Adicionales con recursos presupues- Lineamientos establecidos propongo la distribución de los recursos de la siguiente manera:

Autorización inicial dentro Descripción de la Obra del Presupuesto Propuesta 2016 Modificación de Egresos del (01 de marzo) solicitada Municipio 2016 Secretaría de Seguridad Pública (Pago de sueldos de Seguridad Pública) $307,926,207.00 $304,731,839.00 $304,731,839.00 Secretaría de Finanzas (Pago del servicio de la deuda pública) $117,454,793.00 $117,454,793.00 $117,454,793.00 Secretaría de Desarrollo Social Municipal Programa Juntos Nutrimos Aguascalientes 2016 $ 9,000,000.00 $ 9,000,000.00 $ 14,021,000.00 Secretaría de Desarrollo Social Municipal Por Nuestro Hogar 2016 $3,421,000.00 $3,421,000.00 $0.00 Secretaría de Desarrollo Social Municipal Programa Tejiendo Esperanzas Clubes de Convivencia 2016 $2,600,000.00 $2,600,000.00 $1,000,000.00 DIF Municipal (Programa Integral Para Personas con Alguna Discapacidad) $750,000.00 $750,000.00 $750,000.00 TOTAL $441,152,000.00 $ 437,957,632.00 $ 437,957,632.00 Es importante mencionar que el pago total de Luna, Jesús Alberto Rodríguez Flores, Federico los sueldos de Seguridad Pública del presente ejer- Domínguez Ibarra, Norma Fabiola Aragón Leal, Ri- cicio excede al importe aquí señalado, por lo que cardo Heredia Duarte, Edith Yuriana Reyes Pedroza, si existiere un ejercido menor en cualquiera de los David Mendoza Vargas, Eric Berthaúd Reyes, Xóchitl otros programas, se aplicará al pago de sueldos de Acenet Casillas Camacho; Síndico de Hacienda, Ma.

Seguridad Pública, así como todos los rendimientos del Refugio López Rodríguez; Síndico Procurador, generados en este fondo del presente ejercicio. Rafael Ahmmed Franco Aguilar; Secretario del H.

Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Lic.

Lo anterior para el conocimiento de la ciudada- Manuel Cortina Reynoso.- Rúbricas.

nía. Dado en el salón de Cabildo por el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Aguas- Por lo que tiene el honor de comunicarlo, para calientes en la Sesión Ordinaria celebrada el día su conocimiento y efectos legales conducentes. En cuatro de abril del año dos mil dieciséis. tal ver, promulga y ordena se dé publicidad para su debido cumplimiento al día 4 de abril de 2016, de Ing. Juan Antonio Martín del Campo Martín del conformidad con los artículos 77 y 107 fracción IX Campo, Presidente Municipal; Regidores: Sergio del Código Municipal de Aguascalientes, Lic. Manuel Lara Sánchez,, José Reyna Muñoz. José Efraín Mu- Cortina Reynoso. El Secretario del H. Ayuntamiento ñoz Hernández, Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, y Director General de Gobierno.- Rúbrica.

Ernesto Saúl Jiménez Colombo, Verónica Ramírez Pág. 30 (Primera Sección) PERIÓDICO OFICIAL Abril 11 de 2016 H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO su oferta entre libros, periódicos, revistas, DE AGUASCALIENTES artículos de alimentación, discos, vídeos, juguetes, regalos y artículos varios, así JUAN ANTONIO MARTÍN DEL CAMPO MAR- como el ofrecimiento de recepción de pago TÍN DEL CAMPO, PRESIDENTE MUNICIPAL DE de servicios diversos, e incluso con la posi- AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos bilidad de consumir alimentos y bebidas en 115, fracción II de la Constitución Política de los Esta- infraestructura propia erigida para tal efecto dos Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política dentro del local.

del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para Artículo 1109.- … el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 y I. a la IX… demás relativos y aplicables del Código Municipal de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio X. Cuando se trate de solicitudes que señalen de Aguascalientes hace saber que el Honorable como uso de suelo propuesto ‘tiendas de Ayuntamiento Constitucional 2014-2016, tuvo a conveniencia’ o cualquier comercio similar, bien aprobar las reformas al Código Municipal de se deberá presentar el correspondiente es- Aguascalientes en sus artículos 111 fracciones tudio de impacto socio – económico el cual XXXIV y XXXV, 1107 fracciones XXXIX y XL, 1109 será expedido por la Secretaría de Desarrollo fracción X y adición de un artículo 1113 Bis, para Social del Municipio de Aguascalientes, a quedar como sigue: través del que se dará a conocer el impacto o posibles repercusiones que pudiera generar CODIGO MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES la actividad solicitada respecto a las diver-

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1601 de Reforma de los artículos 637, 639 y 643 del Código Municipal de Aguascalientes.?

1.- Además de las establecidas peligrosos biológico infecciosos; en el presente ordenamiento, serán sancionadas en f) … materia ambiental, las personas físicas o morales que lleven a cabo las siguientes actividades: g)…

¿Está vigente el artículo 1601?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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