Artículo 540 de Reformas al Código Municipal de Aguascalientes en sus artículos 111,1107, 1109 y adición de un artículo 1113 Bis.
Reformas al Código Municipal de Aguascalientes en sus artículos 111,1107, 1109 y adición de un artículo 1113 Bis. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al recibir la denuncia ciuda- de su competencia.
dana, la SEMADESU, acusará recibo y le asignará un número de expediente, haciendo la anotación CAPITULO IV respectiva en el libro de registro.
De los Recursos Naturales Una vez analizada la denuncia la autoridad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.