Artículo 93 de Reglamento de la Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera · Última reforma de referencia: 28-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 93. El abastecimiento de combustible será libre de Impuestos al Comercio Exterior para:
I. Las embarcaciones nacionales de acuerdo con la capacidad de su depósito normal;
II. Los vehículos terrestres, en los términos de la fracción I de este artículo, y III. Las aeronaves, salvo las limitaciones que establezcan los convenios o tratados internacionales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.