Artículo 34 de Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público · Última reforma de referencia: 14-02-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 34.- Las MIPYMES podrán participar con ese carácter en los procedimientos de contratación, cuando presenten a la dependencia o entidad convocante, copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el formato que al efecto proporcione la convocante.
CAPÍTULO SEGUNDO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.