Artículo 126 de Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales · Última reforma de referencia: 25-08-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 126.- El uso de agua en estado de vapor para la generación de energía eléctrica y el uso de agua para enfriamiento, se considerará uso industrial.
Capítulo V Control de Avenidas y Protección Contra Inundaciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.