Artículo 86 de Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México · Última reforma de referencia: 06-03-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 86. Las Comisiones Locales tendrán la responsabilidad de aplicar el examen académico al Participante, conforme al calendario y método que para tal fin establezcan el Manual y la Directiva de Promoción.
Artículo reformado DOF 22-09-2010, 11-03-2016
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.