Artículo 26 de Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones · Última reforma de referencia: 13-02-2013 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 26. Las convocatorias para la celebración de las sesiones de las asambleas generales deberán contener el orden del día, fecha, hora y lugar de celebración. El documento original de la convocatoria deberá ser firmado por el presidente y secretario del consejo directivo de la Cámara o Confederación y deberá cumplir con los requerimientos establecidos en los estatutos correspondientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.