Artículo 29 de Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones · Última reforma de referencia: 13-02-2013 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 29. Los consejos directivos se integran por un grupo de afiliados designados por las asambleas generales acorde con los artículos 17 y 20 de la Ley, y por un conjunto de directivos: presidente, vicepresidentes, tesorero y secretario, electos por los propios consejeros, en términos del artículo 24 del mismo ordenamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.