Reglamento federal

Artículo 206 de Reglamento de la Ley de Comercio Exterior

Reglamento de la Ley de Comercio Exterior · Última reforma de referencia: 22-05-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 206.- En la evaluación para otorgar el Premio Nacional de Exportación se considerará a las empresas e instituciones, que reúnan las siguientes características:

I. Que su actividad contribuya a un proceso sostenido de exportación en sus áreas de producción de bienes o servicios;

II. Que presenten una descripción general sobre sus sistemas y procesos para lograr la exportación, así como de los resultados cuantitativos y cualitativos que hubieren alcanzado, y que estén dispuestas a que un grupo de expertos en la materia verifique la información presentada;

III. Que estén dispuestas, si resultan premiadas, a dar a conocer en forma pública la información de los aspectos primordiales de sus sistemas, procesos y logros en materia de exportación, con el objeto de que puedan servir de ejemplo a otras empresas;

IV. Que no hayan sido sancionadas gravemente en materia fiscal o en el ámbito administrativo, en el año inmediato anterior al de la convocatoria del concurso para el otorgamiento del Premio Nacional de Exportación;

V. Que hayan efectuado una aportación relevante al conocimiento y aplicación de nuevas teorías, técnicas o procedimientos para la exportación de productos o servicios, y VI. Que hayan contribuido con una mejoría o técnica nueva en los servicios relacionados con las exportaciones, favoreciendo su incremento o su diversificación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 206 de Reglamento de la Ley de Comercio Exterior?

ARTICULO 206.- En la evaluación para otorgar el Premio Nacional de Exportación se considerará a las empresas e instituciones, que reúnan las siguientes características: I. Que su actividad contribuya a un proceso…

¿Está vigente el artículo 206?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 22-05-2014. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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