Reglamento federal

Artículo 210 de Reglamento de la Ley de Comercio Exterior

Reglamento de la Ley de Comercio Exterior · Última reforma de referencia: 22-05-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 210.- El Comité Evaluador estará integrado por los siguientes miembros:

I. El Secretario de Economía, quien lo presidirá;

Fracción reformada DOF 22-05-2014 II. El Subsecretario de Industria y Comercio, quien fungirá como Vicepresidente del Comité, y Fracción reformada DOF 22-05-2014 III. Un representante de cada una de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:

A. Secretaría de Relaciones Exteriores;

B. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

C. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

Inciso reformado DOF 22-05-2014 D. Secretaría de Energía;

Inciso reformado DOF 22-05-2014 E. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

Inciso reformado DOF 22-05-2014 F. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

G. Secretaría de Educación Pública;

H. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

I. Derogado.

Inciso derogado DOF 22-05-2014 J. Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, y K. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito.

La Secretaría podrá invitar a representantes del sector privado, así como a especialistas en materia de comercio exterior, a participar en las tareas de evaluación, quienes constituirán el Consejo Consultivo de Evaluación del Premio Nacional de Exportación. Dicha invitación se hará cada año a través de convocatoria pública que aparecerá en el Diario Oficial de la Federación y en dos de los principales diarios de circulación nacional, en el primer trimestre de cada año calendario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 210 de Reglamento de la Ley de Comercio Exterior?

El Comité Evaluador estará integrado por los siguientes miembros: I. El Secretario de Economía, quien lo presidirá; Fracción reformada DOF 22-05-2014 II. El Subsecretario de Industria y Comercio, quien fungirá como…

¿Está vigente el artículo 210?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 22-05-2014. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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