Artículo 171 de Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 05-08-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 171.- La Dirección y Rectoría, a través de las Instituciones Educativas del Sistema, se encargará de la investigación, actualización y desarrollo de la doctrina militar en el Ejército y Fuerza Aérea y propondrá a la Secretaría las modificaciones a la misma para su aprobación y difusión.
TÍTULO DÉCIMO Infracciones y Sanciones CAPÍTULO ÚNICO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.