Reglamento federal

Artículo 3 de Reglamento de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Reglamento de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3.- Corresponde a la Secretaría la interpretación de este Reglamento para efectos administrativos, sin perjuicio de la competencia que, de acuerdo a las materias de la Ley, confieran las disposiciones aplicables a otras dependencias.

Capítulo II De las Autoridades Responsables

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3 de Reglamento de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro?

Corresponde a la Secretaría la interpretación de este Reglamento para efectos administrativos, sin perjuicio de la competencia que, de acuerdo a las materias de la Ley, confieran las disposiciones aplicables a otras…

¿Está vigente el artículo 3?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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