Artículo 76 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 76. Los aspirantes e integrantes se someterán al proceso que prevén los artículos 96 y 97 de la Ley General para obtener su certificación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.