Artículo 20 de Reglamento de la Ley de la Policía Federal
Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Última reforma de referencia: 22-08-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 20.- El titular de esta Unidad no podrá ser designado Comisionado General de la Institución, ni ocupar ese cargo en los tres años siguientes a la terminación de su encargo.
SECCIÓN SEXTA DE LAS COORDINACIONES Y DE LAS COORDINACIONES ESTATALES APARTADO A DE LAS COORDINACIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.