Reglamento federal

Artículo 41 de Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial

Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial · Última reforma de referencia: 16-12-2016 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 41.- En caso de que el solicitante transforme, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley, una solicitud de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial en una de patente, o viceversa, la solicitud transformada conservará la fecha de presentación de la solicitud inicial.

Cuando se transforme una solicitud, el Instituto le comunicará al solicitante el nuevo número de expediente que le corresponda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 41 de Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 41 de Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial?

En caso de que el solicitante transforme, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley, una solicitud de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial en una de patente, o viceversa, la solicitud transformada…

¿Está vigente el artículo 41?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 16-12-2016. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.