Artículo 153 de Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas · Última reforma de referencia: 24-02-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 153.- Para la elaboración del finiquito de los trabajos que se derive de la terminación anticipada del contrato deberán observarse las reglas que se establecen en la Sección IX de este Capítulo.
SECCIÓN VII DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.